Los Servicios Legales de New Hampshire

Información Legal, Referidos, y Ayuda para Personas que se Representan a sí Mismos
Portal » Self-Help Guides » Vivienda » Derechos de Inquilinos » Sometiendo Una Petición Bajo RSA 540-A

Sometiendo Una Petición Bajo RSA 540-A

Printer-friendly version

Sometiendo Una Petición Bajo RSA 540-A

¿Qué es una petición bajo 540-A?

La ley RSA 540-A está escrita con lenguaje diseñado para proveer ayuda rápida a los inquilinos cuyos dueños han exigido que salgan de sus apartamentos por medio de un desalojo, tomando medidas como:

  • Cerrando la puerta con cerradura
  • Entrando en sus apartamentos sin permiso
  • Apagando las utilidades,  o
  • Tomando su propiedad personal.

Aunque esté atrasado en pagar la renta o bien, si ha hecho algo para dar razón de un desalojo por su dueño, él debe seguir el proceso formal y legal de desalojo. Un dueño no le puede negar el derecho de utilizar su apartamento o propiedad personal si no ha obtenido una orden de la Corte. Si él le trata de exigir que salga sin haber seguido el proceso de la ley, él ha violado la ley y Usted puede someter una petición bajo 540-A. Hay que leer RSA 540-A para saber todo lo que la ley prohibe. Este proceso estaba escrito para que los inquilinos pudieran representarse a si mismos, pero si es una situación de urgencia, la ley le protege con ayuda rápida. Para llenar una petición, hay que ir a la Corte, preguntar a la oficinista si le puede dar un formulario para llenar y llenalo. Es más fácil ir a la Corte Distrito, pero se puede obtener el formulario en la Corte Superior. En La Corte Distrito, el proceso es más rápido.

Puesto que la ley fue diseñada para emergencias, en general, en la mayoría de los casos, es posible llenar el formulario y obtener una orden temporanea de la Corte, cumpliendo los dos en el mismo día.

¿Cómo funciona el proceso?

Si la Corte aprueba su petición, le van a poner una fecha de audiencia dentro de treinta (30) días entre Usted y el dueño. En general, la única razón por rechazar su petición por la parte de la Corte sería que no se cayó bajo la definición de un inquilino, bajo la ley. Si le dice al juez que tiene una emergencia, tal como que el dueño ha puesto una cerradura en su puerta y la Corte está de acuerdo, el juez le pondrá una orden temporánea al dueño.  Nisiquiera si el dueño está de acuerdo con la orden, tiene que cumplir con la orden. Si el dueño no está de acuerdo con la orden, él puede pedir una audiencia y la Corte le pondrá una fecha para una audiencia dentro de cinco (5) días. Esta audiencia, entonces, sería la audiencia final, donde los dos lados pueden presentar sus historias. Hasta que haya recibido una fecha para una audiencia final, el dueño debe seguir la orden.

Durante la audiencia final, la Corte decide si el dueño había violado la ley, si el dueño recibe una orden de dejarle entrar en el apartamento como medida permanente, y si Usted estará entitulado a “daños financieros”, como resultado de haberle cerrado de su apartamento sin razón.

Pistas Para Llenar La Petición

  1. 1) Utilice la dirección correcta (de la casa) y el nombre correcto del dueño del edficio.
    1. Si Usted no está seguro de esta información, puede ir al Town   Hall para obtener esta información. Si el dueño vive fuera del    estado, es posible que pueda obtener esta información por   llamar las Oficinas en Concord para obtener el nombre del         Representante en el barrio donde queda el negocio.
    2. Si el problema tiene que ver con un gerente de la propiedad,    puede poner su nombre como acusado. En este caso, si es      posible, ponga también el nombre del dueño como acusado.
  2. Indique toda la ayuda en el formulario que quiere que la Corte imponga como orden.
    1. También, indique cualquiera orden que quiere inmediatamente que el Juez imponga (tal como dejandole entrar en su   apartamento, encendiendo las utilidades, devolviendo su     propiedad personal). Ustesd puede pedir “daños financieros”,     pedidos finales, y que el acusado le reembolsa para los costos    relacionados con someter el papeleo en la Corte.
    2. Si quiere que el acusado le paga “daños financieros”, hay que indicarlo en el formulario al momento de llenar el formulario. No es necesario poner una cantidad de dinero, pero si no indica al llenar el formulario que espera dinero, es más difícil después de entregar el formulario, pedir dinero durante la audiencia final. La ley deja que el juez da $1,000 al entregar el formulario. Es posible que pueda ser más dinero di el dueño continua con las violaciones después de que ha entregado la 540-A.

¿Cuál es la próxima etapa?

Después de recibir la orden temporánea de la Corte, hay que hacer lo siguiente:

  1. Pida una copia de la Petición y la Orden.
  2. Lleva las dos copias a la Oficina del Aguacil en el Condado donde el dueño (o acusado) vive.
  3. Pidale al Aguacil que le entregue los dos documentos (la Petición y la Orden) en la mano del acusado, lo más pronto que sea posible.
  4. El Aguacil supone entregar el papeleo sin cargo, mandando una cuenta para el servicio al lado que pierde el caso.
    Si no puede ir a la Oficina del Aguacil, el Policía en su barrio se los puede entregar.
  5. Después de que haya entregado el papeleo al dueño, el Aguacil or Policía le va a devolverselos a Usted, indicando que el dueño ha recibido todo. Usted debe de someter una copia del papeleo con la Ofincinista en la Corte.

Audiencia Final

La oden temporánea incluye una fecha para la audiencia final, donde el dueño/acusado puede presentar su defensa. Durante esta audiencia, Usted debe de estar preparado presentar su lado, describiendo lo que pasó, y explicando la razón por someter la Petición. Si Usted no asiste a la audiencia, la Corte cancelará el caso y la orden ya no estará instalada para protegerle.

Su presentación debe de incluír un pedido que dice que el dueño necesita dejar de hacer lo que le está haciendo y por hacérselo, está violando la ley, y también, debe de incluír un pedido para “daños financieros” sin es apropiado. El costo a la violación es $1,000 y cada día que el dueño ha violado la ley, aumenta por $1,000 por cada día.

Hay que llevar copias de cualquier papeleo que quiere que el juez examine y testigos por su lado de la historia. Si necesita más consejo al llegar a esta etapa, llame a Servicios Legales 603 (800-639-5290 or 603-224-3333).

¿Qué pasa si el dueño no le hace caso a la orden?

Una vez que el aguacil ha entregado una copia de la orden temporánea al dueño, el dueño está obligado bajo la ley, llevar a cabo toda instrucción que viene de la Corte. Si el dueño no le hace caso, puede volver a la Corte, llenar el papeleo para una Moción de Cumplir Con La Orden de la Corte. Hay formularios en la Corte para tal Moción.

Usted puede pedir que la Corte toma cualquier medida necesario para asegurar que el dueño cumpla con la orden, inclusive multas o amenaza de caerse preso. Es importante expresar que el dueño no puede fingir ignorancia de no saber nada del caso, una vez que le ha entregado en la mano, el papeleo del Aguacil. Si él hace tal alegación de no saber nada y USted sabe que ha recibido el papeleo (por sus copias que ha retenido), el dueño estará violando con determinación, y se considera que sabe exactamente de lo que no está admitiendo, creando por si mismo, más violaciones. Si es el caso, es posible que la Corte le de “daños financieros” de doble o triple, aunque no decida nadie hasta que venga la fecha de audiencia final.

Hay que apuntar

Si se contrata con un abogado para representar su caso, es posible que prenderá un mejor resultado. Si la Corte decide en su favor, el juez puede pedir que el dueño pague por su abogado. Pues, busque a un abogado que tomará su caso con cobras pendientes dpende del resultado del caso.

Esta información refleja la ley hasta el día de publicarla. No garantiza que después de la fecha de publicarla, que haya cambiado la ley.

Category: 
Date: 
Revised 12-9-2010
Author: 
JH/SMcG

¿Ha podido encontrar lo que quería?

Ayúdanos para que pudiéramos ayudar a los demás.
Toma nuestro
cuestionario corto.
.