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Compilación de Información Sobre Todo Lo Necesario Para Modificar Un Pedido de Soporte Para Hijos

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Introducción

Esta compilación de información se ha creado para ayudar a los que no son abogados (o escogen no contratar con un abogado) en pedir un cambio en la Corte del monto del pedido de soporte para hijos. Es para utilización en casos sencillos, donde el único problema sera el monto del soporte. Si Ud. tiene un caso complicado, debe de consultar con un abogado. Ve ¿Qué pasa si necesito consultar con un abogado?. La decisión final de tal cambio se queda con la Corte.

¿Cuándo se puede cambiar un pedido de soporte?

Se puede cambiar un pedido de soporte después de tres años de la fecha del pedido de soporte más reciente O que ha ocurrido un cambio bastante grande en las circunstancias que hace el pedido original injusto a uno de los lados o a los dos lados. Por ejemplo, si el lado asignado a pagar el soporte no trabajaba cuando se llevó a cabo el pedido y ahora está trabajando, eso sería una buena razón probable para pedir que la Corte aumente el monto del pedido de soporte. Al revés, si el asignado trabajaba cuando se hizo el pedido pero ahora está desempleado, eso podría ser buena razón para pedir que la Corte baje el monto del soporte.

¿Se aplican las pautas a mi caso?

La ley de New Hampshire requiere la utilización de Las Pautas de Soporte Para Hijos para determinar el monto del pedido nuevo, si no hay circunstancias particulares. UD. puede leer las pautas antes de presentar el pedido en la Corte. Es posible que un pedido nuevo sea más alto o más bajo del pedido ya asignado, según las pautas.
La Tabla de Pautas Para Soporte de Hijos, la cual se utiliza para calcular el monto de soporte, está disponible en el Sitio Web de Departamento de Servicios de Soporte Para Hijos (DCSS). Allí, se puede calcular el monto e imprimir una versión de las Instrucciones y Hoja de Trabajar de las pautas (Formulario 650).

Soporte Médico

La ley de New Hampshire ahora requiere que cualquier pedido donde se paga el soporte por DCSS incluya una provisión de “soporte medico.” “Soporte Médico” significa la obligación de ambos de la pareja lleven seguro medico para cubrir a los hijos dependientes, si es disponible y a una cobra razonable. “Disponible” quiere decir que los servicios médicos primarios están ubicados dentro de cincuenta millas o una hora de la residencia primaria de el/la hijo(a). Cobra razonable quiere decir que la obligación de soporte medico no sobre 4% del ingreso bruto de cada lado, como se calcula por las Pautas (ve la sección inmediatamente arriba).
Si su orden actual no incluye tal provisión de cobra razonable, el acuerdo o pedido que presenta en la Corte debe incluir una provisión de soporte médico que incluye una cobra razonable.

¿Y de Custodia Y Visitación?

Los formularios e instrucciones incluidos en esta compilación de información no son para ayudar a los dos lados con un cambio de visitación o arreglamientos de custodia, cuando uno quiere cambiar el pedido original. En tal caso, debe consultar con un abogado y debe pedir que el abogado le acompañe a la Corte.

¿Qué se incluye esta compilación?

Esta compilación de información contiene los formularios básicos siguientes, los cuales serán necesarios para pedir un cambio en el pedido de soporte cuando Usted y su pareja no se acuerdan del cambio, o para presentar en la Corte un acuerdo que cambia el monto cuando Usted y su pareja se acuerdan de tal cambio:

  1. PETICIÓN PARA CAMBIAR UN PEDIDO DE LA CORTE. Hay que llenar este formulario y presentarlo en la Corte para pedir un cambio en el monto del soporte su(s) hijo(s).
  2. PEDIDO UNIFORME DE SOPORTE (USO en inglés). Hay que llenar este formulario y presentarlo en la Corte cuando los dos lados se acuerdan de un cambio en el pedido ya fijo y también se acuerdan del nuevo monto del nuevo pedido. Si los dos lados no se acuerdan de un cambio en el pedido, el lado pidiendo un cambio debe llenar y presentar este formulario en la audiencia. Una vez aprobado por la corte los dos lados recibieran el pedido nuevo con el nuevo monto.
  3. HOJA DE TRABAJAR CON LAS PAUTAS DE SOPORTE. Se utiliza este formulario para calcular el monto de soporte que se debe pagar. Para completar este formulario, consulte la Tabla de Pautas de NH Para Calcular Soporte, el cual se encuentra con la oficinista del juzgado o en la red.
  4. LA DECLARACIÓN JURADA FINANCIERA. Ambos lados deben llenar este formulario para proveer información financiera a la Corte en determinar el monto correcto del soporte.
  5. HOJA DE DATOS PERSONALES. Se debe llenar este formulario por el lado pidiendo un cambio en el soporte, o por los dos lados si se acuerdan y están sometiendo un USO propuesto.
  6. MOCIÓN PARA RECHAZAR UNA COBRA DE SOMETER EL PAPELEO. Si no tiene dinero para pagar la cobra de someter el papeleo, debe llenar este formulario.

Ojo

Las instrucciones para llenar la Hoja De Trabajar de Pautas Para Soporte y La Declaración Jurada Financiera están incluidas en esta compilación de información.

¿Qué hago si necesito un abogado?

Si no ha contratado con un abogado, El Servicio de Referimientos Para Abogados en la Asociación de Abogados de NH le puede ayudar en elegir uno y le puede informar de servicios reducidos que hay. El número de teléfono es (603)-229-0002. Hay que asesar el sitio web para más información.

¿Cómo me preparo para la Corte?

Si elige no contratarse con un abogado y planea una comparecencia pro se, algunas Cortes ofrecen un taller que se llama SCOPE. Durante el taller, un abogado u oficio de la Corte presenta información sobre el proceso tribunal, terminología legal, los formularios, y que le sucede durante una audiencia. Es posible que le puedan contestar preguntas que tenga y ayudarle en llenar los formularios o revisar formularios ya llenados. Si la Corte en su distrito ofrece SCOPE, un horario estará disponible en el edificio.

¿Qué entrego en la Corte para pedir un cambio?

Si los dos lados se acuerdan a un cambio en el soporte, deben llenar y someter una Orden Uniforme de Soporte (USO) propuesto. Se debe someter la USO con Declaraciones Juradas que indican datos financieros corrientes para ambos lados, y también la Hoja de Trabajar de las Pautas Para Soporte. La USO tiene que ser aprobada por la Corte. Hay que recordar que la Corte aprueba una orden solamente si corresponde a las pautas, si no hay buena razón por no utilizarlas.

Ojo

Bajo la ley, los dos lados deben entregar las Declaraciones Juradas, uno a otro, a lo menos diez (10) días antes de la fecha de la audiencia para dejar que los dos lados tienen la oportunidad de revisarlas.

Si pide un cambio en la orden y ambos lados se acuerdan del cambio, debe someter los formularios siguientes en la Corte:

  1. USO original, firmado por los dos lados
  2. Declaraciones Juradas originales e individuales, firmadas por los dos lados, bajo juramento ante Notario Público o Juzgado de Paz
  3. Hoja de Trabajar de las Pautas, firmada
  4. Hoja de Datos Personales, firmada por los dos lados

Si pide un cambio en la orden, y los dos lados no se acuerdan del cambio, debe someter los formularios siguientes en la Corte:

  1. Original y dos copias de la Petición Para Cambiar Una Orden, firmado bajo juramento ante Notario Público o Juzgado de Paz
  2. Original Declaración Jurada, firmada bajo juramento ante Notario Público o Juzgado de Paz
  3. Hoja de Datos Personales, firmado

Tambíen, se debe:

  1. Entregar notificación al otro lado, como estipulado por la Oficinista de Juzgado.
  2. Entregar la Declaración Jurada al otro lado, a lo menos diez (10) días antes de la audiencia.
  3. Pagar una cobra para someter el papeleo (hay que consultar la Oficinista de Juzgado para saber el precio) o someter una Moción de Rechazar Cobra si no puede pagarla.

Ojo

Debe someter todos los acuerdos o peticiones en la Corte de orígen – de donde vino la orden original, si la Corte no le manda otras instrucciones.

Category: 
Date: 
enero 2011
Author: 
Departamento de Servicios Humanos y Salud de NH, Servicios de Soporte Para Menores

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